¿A qué esperamos con el Castillo de La Raya?

Margarita Asuar-Manu Escudero
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La desidia de los propietarios y la inactividad de la administración nos lleva a la pérdida del patrimonio histórico en los pueblos pequeños

¿A qué esperamos con el Castillo de La Raya? - Foto: EUGENIO GUTIÉRREZ

Margarita Asuar, abogada y curadora de museos

Manu Escudero, Embajador de España ante la OCDE 

En París, a 29 de septiembre de 2022

¿A qué esperamos con el Castillo de La Raya?

La desidia de los propietarios y la inactividad de la Administración Pública local, provincial y autonómica nos está llevando a la pérdida del patrimonio histórico en los pueblos pequeños, donde hay una norma no escrita de permisividad y "laisser faire" para no enemistarse.

Federico Mayor Zaragoza describió el delito de silencio, esto de lo que hablamos ahora es muy similar: el delito de la inactividad en la función de policía urbanística, que se convierte en los municipios pequeños en el delito de dejar hacer para no enfrentarse.

El Ayuntamiento debe ejercer entre sus funciones la de policía de la edificación, que no se limita únicamente a la autorización de las construcciones, sino también a inspeccionar si esas construcciones se ajustan a la licencia concedida y a la legalidad vigente, y también se extiende a asegurar la conservación de los edificios con la finalidad de garantizar la seguridad, la salubridad, que no atenten contra la higiene y el ornato y que no afecten a la imagen urbana, extendiéndose a la exigencia de rehabilitación, en los términos de la legislación de patrimonio cultural e histórico.

Y si el Ayuntamiento, por ser de reducido tamaño y presupuesto, no tiene inspectores debe comunicar de forma inmediata, en cuanto tenga conocimiento, a Diputación y Comunidad Autónoma, el posible abuso de licencia de construcción o la posible ilegalidad de lo ejecutado y, por supuesto, la necesidad de rehabilitación por seguridad de las personas, por ornato y, como es el caso que nos trae aquí, por mantenimiento del patrimonio protegido.

El Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación de Soria presta asesoramiento y realiza todo tipo de informes necesarios en los procedimientos administrativos relacionados con el urbanismo cuya competencia esté atribuida a los Ayuntamientos que no tienen técnicos especializados, incluida la inspección urbanística, pero deben solicitarlo los Ayuntamientos, no actúan de oficio, es la Administración local la que debe estar vigilante y solicitar la asistencia y apoyo necesario para salvaguardar la legalidad vigente y el patrimonio histórico de nuestros pueblos.

No ejercer esta función de vigilancia, no impulsar la inspección y, en definitiva, no realizar la función de policía urbanística, nos lleva a tener que ver cómo el patrimonio histórico se va perdiendo, cómo construcciones anexas lo perjudican y cómo se abusa de las licencias para construir o hacer obras en contra de la legalidad vigente, perjudicando no sólo a los vecinos directos, sino a toda la comunidad, lo que va generando un clima de la ley del más fuerte, el más osado, o el más desaprensivo, que no es más que un abuso de hecho y de derecho.

La Administración Pública no debe y no puede permanecer impasible ante el abuso o la desidia.

El deber de conservación es una consecuencia de la concepción estatutaria del derecho de propiedad, regulado en el artículo 11.1 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. El Ayuntamiento debe exigir la conservación de los edificios, y si no la realiza el propietario, debe avisarle de que va a ser realizado a su costa por ejecución subsidiaria, que se le va a cobrar, y si no lo paga se le embarga, en virtud de la ejecutividad de las resoluciones administrativas.

En el caso de bienes de patrimonio histórico el deber de conservación del inmueble está expresamente recogido actualmente en el artículo 15.1 del Texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. La Administración Pública local, que es la más cercana y conocedora de lo que sucede, debe exigir que los propietarios cumplan y, en caso conteario, dar parte a las demás Administraciones competentes, provinciales y autonómicas. Especialmente, en el caso que nos ocupa, debe dirigirse a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León.

La desidia de las Administraciones públicas, si no se requiere a los propietarios que cumplan con su deber de conservación, se vuelve en contra de la comunidad y del bien común, y les hace directamente responsables por inactividad.

Conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable, en los casos de no ejecución injustificada de las obras ordenadas, dentro del plazo conferido al efecto, se procederá a su realización subsidiaria por la Administración Pública competente o a la aplicación de multas coercitivas, el límite máximo del deber de conservación podrá elevarse hasta el 75% del coste de reposición de la construcción o valor del edificio correspondiente. En el caso del Castillo de La Raya los propietarios han establecido el valor del edificio en 50.000 €.

Cuando el propietario incumpla lo acordado por la Administración, se dictará resolución declaratoria del incumplimiento, y la Administración actuante remitirá al Registro de la Propiedad certificación del acto o actos correspondientes para su constancia por nota al margen de la última inscripción de dominio, conforme establece el art. 15.4 del Texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana de 2015.

Cuando un bien está catalogado y protegido como patrimonio histórico, el deber de diligencia del propietario en la conservación debe ser cumplido y exigido por la Administración Pública Local. Siendo posible la expropiación del inmueble, previa declaración del incumplimiento del deber de conservación, o la ejecución de la obra de conservación del inmueble por sustitución, que será pagada por el propietario.

Como se ve estamos hablando de un procedimiento muy serio, taxativo y que se puede abordar porque así esta previsto en la ley.

Ahora sólo cabe una pregunta sobre el Castillo de La Raya, la que todos los rayanos nos estamos formulando: ¿a qué esperamos? ¿A que se caiga otra de sus paredes?

Ya la inactividad nos llevó a perder la posibilidad de inmatricular la Ermita de Nuestra Señora de La Torre o de San Marcos, como correspondía históricamente: la mitad a Pozuel y la mitad a Monteagudo de las Vicarías. Aunque ese es otro asunto a analizar en otro momento.

Ahora lo prioritario es actuar para defender el Castillo de La Raya, el Pueblo entero de Monteagudo de las Vicarías debe acoger este asunto como algo muy importante para los rayanos.

Monteagudo ha comenzado una carrera estelar, como una estrella cada vez más brillante en el firmamento turístico español, como un pueblo que está poniendo en muy alto valor su patrimonio histórico. No podemos asistir pasivos a la decadencia hasta la ruina y el olvido del Castillo de la Raya. Con voluntad y unidad hay que conseguir que nuestra historia siga viva y sea parte de nuestro legado a las siguientes generaciones.