El juicio por el presunto expolio de Calderuela, en noviembre

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Uno de los acusados no se ha presentado y no se ha llegado a una conformidad, por lo que la vista se ha suspendido

El juicio por el presunto expolio de Calderuela, en noviembre - Foto: Eugenio Gutierrez Martinez Eugenio Gutiérrez Martí

La vista por el presunto expolio de Calderuela por parte de L.D.B. y L.B.C., acusados de delitos contra el patrimonio histórico y arqueológico, ha quedado suspendida. Uno de los acusados no se ha presentado en el Juzgado de lo Penal, informan desde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y además no se ha alcanzando conformidad. En los tribunales se ha señalado juicio para el día 23 de noviembre de 2022 a las 10 horas, aunque hasta ese día podría llegarse acuerdos. La Fiscalía mantiene la petición de pena de tres años de prisión para cada uno de los acusados, así como una multa de 120 por apropiación de los objetos expoliados (245 monedas antiguas y otros 23 objetos) y una indemnización a la Junta de Castilla y León de 237.000 euros por los daños ocasionados en la zona, puesto que los objetos que se apartan de su contexto no se pueden estudiar ya en el mismo para extraer información. .

Los hechos, que fueron publicados en un amplio reportaje en El Día de Soria, consistieron en que los acusados usaron de enero de 2020 a abril de 2021 utensilios para extraer del yacimiento monedas y otros objetos que se quedaron. Estas personas entregaron algunos al Museo Numantino, pero se quedó los de mayor valor, y se les advirtió en ese momento la prohibición de recogerlas, aunque siguieron haciéndolo. Además, los acusados realizaron una entrevista (para El Día de Soria) y exhibieron los elementos que no habían entregado al museo. La Junta de Castilla y León denunció los hechos, por lo que la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo decidió incoar diligencias de investigación. 

Los presuntos autores de los hechos se enfrentan a un delito previsto en el artículo 323 del Código Penal, que se refiere a los daños causados en bienes históricos, culturales o monumentos. "Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses el que cause daños en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, o en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos. Con la misma pena se castigarán los actos de expolio en estos últimos", reza el articulado. "Si se hubieran causado daños de especial gravedad o que hubieran afectado a bienes cuyo valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental fuera especialmente relevante, podrá imponerse la pena superior en grado a la señalada en el apartado anterior", recoge también el texto legal, que apunta también la posibilidad de que "los jueces o tribunales podrán ordenar, a cargo del autor del daño, la adopción de medidas encaminadas a restaurar, en lo posible, el bien dañado".