«Esto abre muchas puertas a la igualdad laboral»

A.I.P
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Hafida Zhizeh el Jazy es una de las 665 empleadas del hogar de Soria que ya tienen derecho a la protección por desempleo

«Esto abre muchas puertas a la igualdad laboral» - Foto: E.G.M

Las empleadas del hogar tendrán derecho a la protección en situación de desempleo tanto a nivel contributivo como asistencial. Así lo recoge el Real Decreto Ley, publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 8 de septiembre y aprobado por el Consejo de Ministros dos días antes, una norma que contempla la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, un texto consensuado con las organizaciones sindicales y las plataformas que representan al colectivo, mayoritariamente femenino. En concreto, en Soria se beneficiarán 665 empleadas domésticas, según figura en la estadística de la Seguridad Social, correspondiente a julio. Y una de ellas es Hafida Zhizeh el Jazy. «Son nuestros derechos, como los tienen los que trabajan en otra cosa. Esto abre muchas puertas para la igualdad laboral, tanto para quienes necesitan a alguien para su casa como para los que se quieren dedicar a este trabajo», sostiene.

En su caso, acude de lunes a viernes, durante una hora y media al día, a un único domicilio en la capital soriana, por lo que su contrato es de 30 horas mensuales. «Trabajo en esta casa como empleada de hogar y cuido de mis hijos», cuenta al recordar los tiempos en los que tenía que ir a varias viviendas, tanto cuando residió en Madrid como en Soria, incluso como trabajadora doméstica interna.  Natural de Marrakech (Marruecos), lleva más de veinte años en España, por lo que tiene también esta nacionalidad.

Hafida tiene tres hijos de 20, diez y ocho años, por lo que la conciliación laboral y familiar ha sido todo un reto desde que fue madre, por lo que tuvo que optar por reducir su tiempo de trabajo para compaginarlo con el cuidado de los niños, más cuando la familia está lejos y «no puede ayudar» en la crianza de los pequeños. 

«Trabajé en varias casas», reitera esta trabajadora de 49 años, «y no tienes los mismos derechos que en otros empleos, así que acabas buscando otros trabajos». Por ello, considera un gran paso la nueva norma que acaba con una discriminación histórica. «Estuve como empleada interna y cuando he querido conocer mis derechos te das cuenta de que no sabes nada sobre tus condiciones laborales, ni tienes pagas extra ni nada. Se aprovechan de ti», lamenta.

Poco a poco, no solo con el último avance aprobado por el Gobierno, que a Hafida le parece «fundamental para dar tranquilidad y estabilidad» en el trabajo, estima que se han conseguido mejoras para eliminar esas diferencias respecto a otros colectivos. Entre otras modificaciones normativas, en 2011 se aprobó el Real Decreto por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.

novedades en la ley. El Real Decreto-ley 16/2022, de 6 septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar tiene como objetivo equiparar las condiciones de estas empleadas con el resto de trabajadores por cuenta ajena, una intención que ya estableció la mencionada ley de 2011, pero que no se había ejecutado en este tiempo.

Así las cosas, los empleadores percibirán del Gobierno una nueva bonificación del 80% por cotizaciones por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), teniendo en cuenta que tendrán la obligación de cotizar por ello a partir del 1 de octubre.

La norma mantiene la reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente al Sistema Especial para Empleados del Hogar e incrementa los tramos de bonificación superiores al 20% , en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios.

El decreto establece que los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador [la mayoría están a tiempo parcial y de forma intermitente], eliminándose la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.

Y un aspecto importante es que la norma elimina la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa sin las garantías debidas. A partir de ahora, se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar al fin del contrato, por lo que se extiende la protección frente al despido.