La Monjía de Fuentetoba, en la Lista Roja de Hispania Nostra

EDS
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Según apuntan desde Hispania Nostra "el conjunto se encuentra cerrado todo el año y en estado de abandono, lo que ha acelerado el deterioro del mismo"

La Monjía de Fuentetoba, en la Lista Roja de Hispania Nostra

"Debido al estado de abandono en que se encuentra el edificio y los problemas en la cubierta con hundimientos en la sacristía y diferentes zonas del edificio, el estado general es alarmante. El 27 de abril de 1995 se incoó expediente para ser declarado BIC sin que se haya resuelto, más de 20 años después, el citado proceso", son los motivos de Hispania Nostra para incluir al monasterio en la Lista Roja.

En su página www.listarojapatrimonio.org se detalla la evolución o más bien el deterioro del monumento: El conjunto se encuentra cerrado todo el año y en estado de abandono, lo que ha acelerado el deterioro del mismo. Al tratarse de una propiedad privada solo se puede acceder, con permiso previo de los propietarios, durante la celebración de las fiestas de la localidad y de la romería a la ermita celebrada cada 8 de septiembre.

En el año 2019 se constató el hundimiento del tejado de la sacristía, afectando a todo el patrimonio mueble de su interior. Esta sacristía, un edificio adosado a la cabecera, es un paso obligado para acceder al camarín de la imagen de Nuestra Señora de Valvanera, también en muy mal estado. La techumbre de la nave de la iglesia no se encuentra en buenas condiciones y está produciendo el desprendimiento del falso techo de la misma. Así mismo, todas las dependencias del monasterio, y posterior casa fuerte, están abandonadas, habiéndose constatado hundimientos de la cubierta en distintos puntos.

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La Monjía de Fuentetoba, en la Lista Roja de Hispania Nostra

El 27 de abril de 1995 se incoó expediente para ser declarado BIC sin que se haya resuelto, más de 20 años después, el citado proceso. Una circunstancia que no afecta a las obligaciones de los propietarios, que son las de conservar, custodiar y proteger debidamente esos bienes, para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro. Ante esta situación, es la Junta de Castilla y León la que tiene la competencia de actuar subsidiariamente en el edificio ya que son las comunidades autónomas, salvo puntuales excepciones en las que se reserva para el Estado, las que se erigen en titulares con carácter general de las competencias de tutela y gestión de estos bienes y como así recoge el Articulo 68.– Incumplimiento del deber de conservación del DECRETO 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.