El TS anula la exención ambiental a ganaderías intensivas

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Ecologistas en Acción advierte de que Noviercas no puede operar «sin información pública ni informes». La Junta cree que afecta a las pequeñas

El TS anula la exención ambiental a ganaderías intensivas

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo inadmitió el recurso de casación de la Junta de Castilla y León contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), con la que anula en firme la exención de licencia ambiental concedida hace dos años por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente a las explotaciones ganaderas intensivas.

Según Ecologistas en Acción, por providencia de 17 de febrero de 2020, se confirma que «no era posible» modificar la ley de Prevención Ambiental de Castilla y León mediante decreto de condiciones ambientales mínimas para las actividades o instalaciones ganaderas, «invadiendo de esta forma el Consejo de Gobierno de la Junta la competencia legislativa exclusiva del Parlamento autonómico», informa la agencia Ical.

El Tribunal Supremo dictaminó que «la modificación efectuada afecta al contenido fundamental de la norma con rango de Ley, en cuanto que aspectos nucleares del mismo, como son todos aquellos sometidos al régimen de licencia o autorización, ahora se trasvasan desde el de licencia, más exigente en su régimen jurídico (información pública, informes preceptivos de la comunidad autónoma, etcétera), hacia un mero régimen de comunicación previa, sin que existan garantías equivalentes, como es la necesidad de evaluación ambiental previa».

Esto significa, prosigue la organización ecologista en su comunicado, que una gran explotación ganadera industrial como la proyectada en Noviercas, con 20.000 vacas de leche, que conlleva un consumo de agua, emisiones y una producción de residuos superiores a una ciudad como Soria, «no podrá empezar a funcionar sin información pública ni informes». 

A otra escala, añadieron los ecologistas, «cientos de granjas intensivas de bovino, ovino, porcino o aves tampoco podrán ubicarse en los pueblos de Castilla y León sin que sus vecinos lo sepan, que era lo que pretendía la Junta», denunció Ecologistas en Acción.

familiares. Por su parte, el vicepresidente, portavoz y consejero de Ordenación del Territorio, Francisco Igea, coincidió con las organizaciones agrarias en señalar que la decisión del Supremo de anular en firme la exención de licencia ambiental concedida hace dos años por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente a las explotaciones ganaderas intensivas perjudicará a las explotaciones de tipo familiar y no tanto a las macrogranjas, como presumió Ecologistas en Acción. Igea reiteró que esta decisión no afecta a las grandes explotaciones «porque éstas siempre han necesitado licencia», y advirtió de que daña a las pequeñas que no estaban sometidas a este documento, sino a una comunicación. 

En este sentido, adelantó que la Junta revisará la sentencia y el conjunto de la ley «para ver si es precisa una modificación». «Hay que estudiarla y ver cómo la aplicamos». En todo caso, la ley, dijo, se regula por un decreto posterior y es ese decreto «el que el Supremo dice que no es suficiente y que es necesario una modificación en la propia norma».

A su juicio, la decisión del Tribunal Supremo tiene «efectos prácticos» en pequeñas explotaciones que «ya no puedan operar con una comunicación y que deben necesitar una licencia, que son dos cosas diferentes». Sin embargo, clarificó que la comunicación «no les hacía exentos de la inspección para ver si cumplían los requerimientos», pero sí es cierto que esas granjas pequeñas «tenían esa ventaja para favorecer, entre otras cosas, la creación de empleo en el medio rural».

También Igea auguró que si se acaba con el sistema de comunicación ambiental, la necesidad de las inspecciones «será menor porque tendrá más garantías». Por último,  admitió que existen «problemas en la inspección y en la ejecución de las sanciones cuando se producen».