Servicios Sociales asume la tutela de 60 menores

N.Z.
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La Sección de Protección a la Infancia vela por aquellos que están en situación de desamparo

Servicios Sociales asume la tutela de 60 menores - Foto: Eugenio Gutiérrez

Cada uno de los 75 menores protegidos el año pasado por la Junta en Soria carga una biografía. Algunos proceden de familias desestructuradas, pero no siempre. Algunos han sido víctimas de abusos sexuales, de violencia física y/o emocional, de insultos, de humillaciones...  Algunos han vivido en situaciones insalubres. Algunos son víctimas de culturas y/o tradiciones donde el maltrato es normalizado como método correctivo y educativo. Algunos han sido abandonados por sus padres. Algunos... pero no todos. Porque cada caso es único.

Los niños y las niñas tienen derecho a ser cuidados y protegidos, a que se atiendan sus necesidades y a que se desarrollen todas sus capacidades. Por ley. Los progenitores (o tutores) están obligados a asumir esta encomienda. También por ley. Sin embargo, a veces, no lo hacen. Porque no existen, no saben, no quieren o no pueden. Es entonces, cuando el menor queda en situación de desamparo y ninguno de los progenitores o tutores atiende sus necesidades, cuando la administración entra en acción.

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Gerencia de Servicios Sociales asumen esta competencia. Para ello, en todas las provincias hay al menos una Sección de Protección a la Infancia. En Soria está formada por dos equipos técnicos que funcionan por zonas básicas de acción social (Este y Oeste). Se trata de equipos multidisciplinares integrados por trabajadoras sociales y psicólogas, además de personal de administración (auxiliar y administrativo), y la jefatura de Sección. Además, están apoyados por la letrada, la jefa de área y el gerente de Servicios Sociales.

¿Cuándo intervenir? Detectar la situación de desamparo es el primer paso (y necesario) para que la administración pueda intervenir ante un caso de desprotección infantil. No obstante, no siempre es fácil. De inicio, porque la sociedad todavía sigue callando demasiadas cosas que se entiende son del ámbito privado, por lo que «no todos» los casos salen a la luz. «Cuesta todavía mucho denunciar y hay incluso profesionales que no denuncian por evitar una separación de los niños de los padres, sin valorar el daño que se hace a los niños», advierten desde Protección a la Infancia. Así las cosas, desde el servicio territorial intervienen generalmente «por notificaciones que hacen otros profesionales u otros ámbitos (Educación, Salud…)» o por «notificaciones de alguien a nivel particular» que pone en conocimiento unos hechos o circunstancias que afectan a menores. En ocasiones, la notificación al servicio llega «por una solicitud que hacen los padres de guarda». También hay casos derivados directamente de decisiones judiciales.

A veces, son los padres los que «renuncian a sus hijos». Al nacer, pasados unos años o, en ocasiones, de forma encubierta (no renuncian abiertamente pero desaparecen).

No obstante, en la provincia, «la mayoría» de las notificaciones se reciben desde los Centros de Acción Social (Ceas) de la Diputación -en el caso de los pueblos- o del Ayuntamiento de Soria -en la capital-, explican desde la Sección de Protección a la Infancia de la Gerencia de Servicios Sociales de Soria. «Las corporaciones locales tienen competencias en materia de protección a la infancia y son los primeros que intervienen en casos de situación de riesgo (en diferente grado) para el menor. Cuando los servicios de base no puedan contener la situación de riesgo y llega a ser una situación de desamparo para el menor, siempre que ninguno de los dos progenitores o de los tutores atienda adecuadamente las necesidades de los niños, interviene el servicio de Protección a la Infancia», concretan las responsables de la Sección en Soria.

situación de riesgo. Notificado el caso, y en función del domicilio del menor, el expediente pasa a un equipo de zona y es asignado un coordinador de caso, un técnico que se encargará de llevar el asunto (con el respaldo del equipo y la Sección) desde que se abre el procedimiento hasta que se cierra.

El primer paso es valorar la prioridad ya que, según la gravedad de los hechos expuestos, hay tres niveles que determinan la celeridad con la que se debe intervenir. «El nivel uno exige iniciar la actuación en 48 horas; el nivel dos, en 78 horas;y el tres son 56 días para concluir el procedimiento (son situaciones en las que los menores corren menor riesgo)».

La apertura de informaciones previas marca el inicio de la investigación, un paso necesario para determinar la veracidad de lo notificado y las medidas de protección que pueden ser necesarias. Reuniones con los padres, con los niños, con los profesores, con el Sacyl, con los técnicos que han atendido al menor y a la familia... permiten elaborar un informe por el equipo de investigación que se lleva a una comisión de valoración, que está presidida por la jefatura de área y cuenta con la presencia de todos los técnicos de la Sección, de la licenciada en Derecho y de la secretaria. Además, a esta comisión también se puede invitar a gente que ha intervenido en el caso, o a gente que pueda intervenir en el futuro (por ejemplo, si la decisión que se toma es el acogimiento en un centro, se invita al director o directora del recurso). Y, según la edad del menor (a partir de los 14 años), también puede estar presente. Todas las decisiones en torno al menor se proponen en esa comisión de valoración. Y todas las medidas acordadas son puestas en conocimiento del Ministerio Fiscal.

Llegar a este punto suele durar un tiempo y «la prioridad es siempre proteger al niño» por lo que, matizan desde Protección a la Infancia, «en ocasiones, en los niveles uno y dos de riesgo, es complicado determinar en apenas unos días que dura la investigación las características del entorno del niño, las necesidades que tiene… por lo que, si se observa que hay un riesgo real, se adoptan medidas de protección de forma inicial. Se separa al menor de su entorno y, a partir de ahí, se evalúa la situación. Si luego puede retornar con la familia, retorna, pero la prioridad es asegurar que no corre riesgo serio la vida y la integridad del menor».

Tras la investigación, y una vez se verifica que el menor está en una situación de riesgo y/o desamparo, la comisión de valoración es quien decide las medidas de protección a adoptar, que pueden ir desde un Programa de Intervención Familiar (PIF), lo que permitiría al menor seguir en su entorno «siempre que los padres se comprometan a colaborar» para corregir las deficiencias familiares detectadas, hasta acordar la separación de los progenitores de forma temporal o, incluso, definitiva.

El primero de los casos [mantener al menor en su entorno] no es muy habitual porque, de hecho, a Protección a la Infancia ya se derivan los casos en los que desde los Ceas se ha intentado trabajar con las familias y no ha sido fructuoso. No obstante, si se detecta que es una situación de riesgo [que no de desamparo] que no requiere la separación, y si hay una «valoración por parte de los Servicios Sociales donde se considera que la familia, si hay un compromiso de colaboración, es capaz de reconducir la situación», se implanta un PIF y se da esta 'nueva oportunidad' a las familias. Estos casos se registran como expedientes de protección y, recalcan desde Servicios Sociales, «es fundamental la colaboración de los padres porque, si no, puede llegar a un desamparo y a asumirse una tutela por la no colaboración». «Si no colaboran, el siguiente paso es la separación», concretan.

desamparo... y tutela legal. Cuando el menor está en situación de desamparo y ninguno de los progenitores atiende adecuadamente las necesidades ni colabora para corregirlo, el proceso suele acabar en una «declaración de situación de desamparo y asunción de la tutela legal» por parte de la administración, lo que acarrea una separación de los padres o tutores. Corresponde entonces acordar quien va a ejercer la guarda del menor, que puede seren acogimiento en familia extensa (un tío, abuelo... cumple los requisitos para ser acogedor del menor), acogimiento en familia ajena (alguien sin ningún vínculo con el menor), acogimiento con especial vinculación (alguien que no sea familia extensa pero con quien el niño ha tenido una relación  continua o una vinculación), y acogimiento residencial (en un centro de menores).

En Soria hay cuatro recursos para asumir el acogimiento residencial. Tres son «para niños de protección con un comportamiento y necesidades dentro de la normalidad» y están gestionados por Itaka:uno es para niños de cero a doce años (dotado con ocho plazas), otro de ocho a 18 años (nueve plazas) y otro de doce a 18 años (nueve plazas).El cuarto es un centro de socialización «donde acuden los adolescentes de doce a 18 años con unas conductas más complejas y más de riesgo», es decir, «chicos que se ponen en riesgo ellos y ponen en riesgo a los demás con conductas agresivas, de consumo, absentismo, fugas… son chicos que necesitan una atención especial». Este centro, que gestiona Cruz Roja, está dotado de ocho plazas y abierto a toda la Comunidad Autónoma. Cruz Roja, cabe matizar, se encarga también de gestionar el acogimiento en familia extensa.

«El acogimiento residencial es el último a valorar, pero a veces es también el único. Y, en ocasiones, es el primero que se utiliza, por proteger al menor», concretan desde el servicio de Protección a la Infancia, dejando en evidencia -una vez más- que cada caso es único y el proceso y las medidas a adoptar deben ser valoradas de forma individual, según la situación y necesidades del menor en cada momento pero siempre bajo una máxima: proteger al menor y pensar qué es lo mejor para él.

No obstante, hay una norma que rige todos los procedimientos: «Siempre que sea posible, se intenta que el menor esté con su familia». Porque «el derecho del niño es intentar que permanezca siempre en la familia», justifican desde el Servicio Territorial.

Prioridad: la familia. «Siempre que se puede, se trabaja para que el menor permanezca con su propia familia», insisten desde el departamento de Servicios Sociales de la Junta en Soria. No obstante, reconocen, «no siempre se puede, o no al menos en un primer momento».

La clave para evitar la separación o propiciar el retorno (cuando se ha declarado una situación de desamparo y hay una separación) está en las propias familias. Son ellas las que deben asumir el compromiso de trabajar por corregir las deficiencias familiares detectadas y demostrar que están capacitadas para atender las necesidades del menor y salvaguardar su crecimiento y desarrollo físico y emocional. Para conseguirlo, desde Servicios Sociales trabajan con ellos a través de Programas de Intervención Familiar, que tienen una duración máxima de 18 meses. «Es una medida de protección y lo llevan a cabo los profesionales que están trabajando en las corporaciones locales (equipo específico de apoyo a la familia)», concretan desde el servicio territorial. Aunque en algunas ocasiones este PIFse adopta antes de la separación, la realidad es que «en la mayoría de los casos» el programa es posterior a la separación, de modo que el niño permanece en acogida y, en paralelo, se está trabajando con la familia de origen para que corrija las deficiencias familiares que provocaron la situación de desamparo y el menor pueda retornar.

La «colaboración» familiar es la clave y, de hecho, en ocasiones, previo al programa de intervención, «se firma con los padres un contrato de mínimos donde se les piden cuestiones muy básicas para que demuestren su intención». Este contrato se diseña en función de la evaluación de la familia. Según las características y las deficiencias que tienen, se piden unas cosas, con el fin de garantizar que el programa de intervención pueda trabajar en unas condiciones seguras y mínimas.  

No perder el vínculo es importante y, precisamente por ello, también en los acogimientos se aplica la misma 'norma' y siempre que es posible se opta por una acogimiento en familia extensa.

cuando se renuncia a un hijo. «Lo primero es trabajar con las familias y, mientras haya una mínima colaboración, hay que seguir trabajando con la familia», repiten casi como un mantra en el Servicio. No obstante, advierten también, «si en el proceso se observa que no hay ninguna posibilidad y no hay colaboración, se pone en separación definitiva». En estos casos en los que el proceso de retorno no es posible y, también, cuando los progenitores renuncian al menor, «la salida es una adopción», asumen desde Servicios Sociales, desde donde reconocen que tanto los procesos de adopción como los de acogimiento son más difíciles cuanto mayor es el menor.

«La adopción suele ser la última salida pero, en ocasiones, es la primera», reconocen, máxime teniendo en cuenta que el tiempo, en menores, es clave ya que va a marcar su desarrollo. Porque no hay que olvidar que «el apego va a generar tu manera de relacionarte con los demás, y ese apego se genera de cero a un años», recalcan desde Protección a la Infancia de Soria, desde donde piden más recursos pero, sobre todo, más especialización y, también, una normativa más ajustada a las realidades detectadas en el trabajo con menores, sobre todo en edades más adultas.  «Son centros abiertos y la ley te dice que pueden entrar y salir cuando quieren pero ¿cómo trabajas con niños que nunca están porque se fugan, porque no hacen caso….? ¿Cómo proteges a alguien que no quiere ser protegido?», se cuestionan desde el servicio territorial.