Fernando Lussón

COLABORACIÓN

Fernando Lussón

Periodista


Aislamiento y seguimiento

08/04/2020

Desde que comenzó la crisis sanitaria por el Covid-19 la ciudadanía española vive en un estado de excepcionalidad que no de excepción como hay quién pretende hacer creer, en la consideración de que el Gobierno se ha excedido en la aplicación del estado de alarma hasta convertirlo casi en un estado de excepción. Sin embargo, nadie ha visto recortados sus derechos y libertades -religión, información, al honor, secreto de las comunicaciones, a la información veraz...- más allá de lo establecido en el decreto del estado de alarma que restringe sobre todo el artículo 19 de la CE, que limita el derecho a elegir libremente el lugar de residencia y a circular por el territorio nacional y lógicamente lo que ello conlleva. En segundo lugar todas las encuestas realizadas sobre el confinamiento y la práctica cotidiana demuestra la aceptación de esa limitación por parte de la ciudadanía, dado su carácter temporal y por el convencimiento de que es la única forma de contener la expansión de la epidemia. Una adhesión que se extiende hasta el real decreto que ordenaba el cierre de todas las actividades económicas no esenciales, porque ocho de cada diez ciudadanos antepone la seguridad y el derecho a la salud,  y hasta el secretario general de la OCDE, Ángel Gurría, considera que se trata de un falsa polémica. Cuando el Gobierno y la presidencia de la Cortes se dé cuenta de que el Parlamento no puede seguir hibernando y con su ritmo político al mínimo, el debate sobre seguridad y derechos ciudadanos hasta este punto habrá quedado superado.

Cuestión distinta son los mecanismos de control de la ciudadanía que se pretenden instaurar en la fase de desescalada de la enfermedad para tratar de evitar que la enfermedad causada por el coonavirus repunte.  El Gobierno trabaja ya en dos medidas que pueden ser decisivas en esa fase, el aislamiento de aquellas personas que están contagiadas y no presentan síntomas y que pueden transmitir la enfermedad y la geolocalización de quienes pueden ser agentes contagiosos.

El debate político y jurídico está abierto en el caso del aislamiento en lugares específicos, y si será con carácter voluntario para aquellas personas que no puedan pasar esa cuarentena en sus domicilios o con carácter forzoso. El ejemplo del comportamiento cívico mantenido hasta ahora hace pensar que la inmensa  mayoría optaría por ese aislamiento voluntario. Pero para los recalcitrantes ni tan siquiera haría falta una nueva norma. En un Estado con cuarenta años de legislación democrática a sus espaldas en el acervo legislativo siempre se encuentra alguna ley que puede ser aplicable y cubre el hueco. En este caso valdría con la aplicación de la de Medidas Especiales de Salud Pública de 1986, que permite el confinamiento forzoso en determinadas condiciones que se dan en este caso. Pero previo a cualquier medida de este tipo es la necesidad de la realización de diagnósticos masivos, sin los cuales la información sobre la desescalada de la infección será insuficiente.

Lo mismo ocurre con la posible implantación de medidas de geolocalización, uno de los instrumentos que fue esencial en el control de la epidemia en Corea del Sur, pero que implica mayores reticencias en el debate sobre seguridad y libertad de los ciudadanos. Y en este caso si se desarrolla una nueva norma si que será imprescindible que se garanticen libertades -la geolocalización es ya un hecho- y los datos que se obtengan no sean utilizados para otro cometido que no sea el sanitario, aunque es difícil sustraerse al temor a un control orwelliano que utilice los datos conseguidos para otros fines, o que ese seguimiento no tenga un carácter temporal.