Mario González

Mario González


Los incentivos fiscales al cine

15/05/2022

El Día de Soria publicaba la entrevista a Lucía Redondo Lucía Redondo, de la Soria Film Commission, oficina del departamento de Turismo de la Diputación Provincial que ofrece un servicio gratuito a los profesionales del sector audiovisual para fomentar la producción en Soria para poder repetir y prolongar éxitos como la serie 'El Pueblo' (4ª temporada) y 'El Cid' (2ª temporada) mientras la Agencia Tributaria está más preocupada por discutir los incentivos fiscales a la producción cultural generando una inseguridad jurídica que echa por tierra el esfuerzo de todos esos organismos públicos.
Todas las productoras internacionales que ruedan en España se apoyan en esos incentivos fiscales y utilizan la figura de la Agrupación de Interés Económico como vehículo de inversión porque permite repartir riesgos y gozar de dichos beneficios cumpliendo con los requisitos que marca el impuesto de sociedades. Dicha estructura se utiliza desde que la Ley del Cine y su Reglamento establecieran que «se considerarán productoras de una película aquellas empresas  que se incorporen como coproductoras a la misma, en todo caso antes de la finalización de la producción»,  sin embargo, ahora, para la Agencia Tributaria ese tipo de inversores, como «no tienen la iniciativa sobre la producción», tampoco tienen derecho a los incentivos fijados del texto refundido de impuesto de sociedades que reza: "Las inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series … que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada darán derecho al productor a una deducción del 18%… El coproductor financiero que participe en una producción española de largometraje cinematográfico tendrá derecho a una deducción del 5% de la inversión que financie… Reglamentariamente se podrán establecer las condiciones y procedimientos para la práctica de esta deducción».
Ahora, cuando todo el sector en la UE está pendiente de la adaptación de la Directiva 2018/1808, del Parlamento y del Consejo, que exige que «los prestadores de servicios de comunicación audiovisual a petición… dispongan de un porcentaje de al menos el 30% de obras europeas en sus catálogos y garanticen la prominencia de dichas obras», la Agencia Tributaria se dedica a discutir, sobre la base de la tenencia o no de medios materiales y humanos y a sabiendas de que la normativa aplicable nada dice al respecto y de que la mayoría de productoras subcontratan con empresas locales la ejecución de sus productos, la condición de productor o de «coproductor financiero» para acusar a éstos últimos de «simulación, con el fin de obtener una rentabilidad fiscal» (lo que conlleva sanción) y reclamarles los incentivos previamente disfrutados. Afortunadamente, la Audiencia Nacional tiene otro criterio y en una sentencia de diciembre pasado concluye que «no es posible sostener, como afirma la Administración Tributaria, que lo que ha sucedido es que su intervención se ha limitado exclusivamente a aportar una financiación con el fin de obtener una rentabilidad fiscal, ostentando por ello la condición de coproductor financiero y no la de productor», anulando tanto el Acta como la Sanción y estableciendo un criterio que podrá ser trasladado al resto de productoras. Como se puede observar, no hace falta buscar una fiscalidad diferenciada para Soria, que resulta imposible como ya apunté en una colaboración anterior, sino que bastaría con emplear bien los mecanismos ya disponibles y con dar seguridad jurídica a los inversores para dar un paso adelante sobre todo en Soria donde la presión de la Agencia Tributaria es singularmente apreciable lo que obliga a muchos a trasladar sus domicilios fiscales a Madrid. 

 

Mario González. Mautiko Abogados