Ningún perceptor del IMV cobrará menos que con la RGC

SPC
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La Junta aprueba una modificación legislativa para que ambas percepciones sean compatibles, ya que han detectado unos ingresos de 207 euros menos

Uno de los comedores sociales que Cáritas tiene en Castilla y León. - Foto: Patricia González

La Junta de Castilla y León garantiza por ley que ningún perceptor del Ingreso Mínimo Vital (IMV) cobre menos que con la renta garantizada de ciudadanía (RGC) al permitir compatibilizar ambas, ya que han detectado una media inferior de 207 euros con la primer prestación aplicada por el Gobierno.

Así lo explicó ayer la consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Isabel Blanco, al detallar el contenido del proyecto de ley de modificación de la renta garantizada de ciudadanía que se remite a las Cortes para su aprobación por lectura única, con lo que podría ser efectiva en diciembre. Blanco recordó que entre los meses de agosto y octubre un total de 459 unidades familiares ha recibido una ayuda económica por importe más de 340.000 euros para compensar la caída de recursos al percibir el Ingreso Mínimo Vital.

Entre los requisitos que debe reunir el solicitante para poder ser titular de la prestación se establece que no podrán acceder a la renta garantizada de ciudadanía quienes estén percibiendo prestaciones contributivas o no contributivas a cargo de cualquiera de las administraciones públicas, ya que la RGC no se configuró para complementar los ingresos que pudieran percibir los solicitantes procedentes de acciones protectoras de la seguridad social, como recoge Ical.

Asimismo, a nivel estatal, el Ejecutivo aprobó el pasado mayo el Ingreso Mínimo Vital, que se configura como una prestación económica en su modalidad no contributiva, destinada al igual que la RGC, a aquellas personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad, sin perjuicio de las ayudas que puedan establecer las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus competencias, garantizando un nivel mínimo de renta.

Al pasar progresivamente a percibir el IMV aprobado por el Estado se ha puesto de manifiesto que, en determinados supuestos, la cuantía reconocida era inferior a la que le correspondería en concepto de RGC perdiendo estas familias poder adquisitivo respecto a lo que venían percibiendo o lo que se le hubiera reconocido por RGC, con una diferencia media de casi 207 euros.

Precisamente, ante la imposibilidad legal de complementar el Ingreso Mínimo Vital con la renta garantizada de ciudadanía, y dada la situación de vulnerabilidad de las personas afectadas por esta situación, la Junta ha venido concediendo una subvención directa a las familias con el objetivo de evitar la pérdida de poder adquisitivo, lo que ha supuesto que en los meses de agosto a octubre un total de 459 unidades familiares hayan percibido una compensación económica por un importe más de 340.000 euros.

Por tanto la Junta ahora ve necesario modificar con carácter urgente el Decreto Legislativo 1/2019, de 10 de enero con el fin de compatibilizar estas dos prestaciones. En este supuesto se tendrá derecho a percibir como máximo la diferencia entre la cuantía de renta garantizada que pudiera corresponder en función del número de miembros de la unidad familiar o de convivencia, y la cuantía reconocida del Ingreso Mínimo Vital.