Varapalo de Génova a De Gregorio a dos días de la Directiva

Redacción
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El Comité Nacional de Derechos y Garantías le obliga a dar marcha atrás en la reorganización del partido que asumió en febrero de 2020 y exige "mantener" la directiva que salió del último Congreso provincial, donde ganó Angulo

Yolanda de Gregorio:

Varapalo de Génova a la presidenta del PP de Soria, Yolanda de Gregorio, a las puertas de la Junta Directiva donde se decidirá el liderazgo del partido para los próximos años, una cita prevista para este martes.

El Comité Nacional de Derechos y Garantías acaba de dejar sin efecto los acuerdos que adoptó el PP de Soria durante la celebración conjunta de la Junta Directiva Provincial y el Comité Ejecutivo Provincial el pasado 12 de febrero de 2020. Considera el órgano nacional que fueron "contrarios a los Estatutos del partido".

Está resolución obliga a De Gregorio a dar marcha atrás en los nombramientos y destituciones que se produjeron durante esa cita, deshaciendo la reestructuración de la organización del partido que acometió cuando llegó a la presidencia.

En concreto, según reza la resolución a la que ha tenido acceso El Día de Soria y que viene firmada por el secretario del Comité Nacional de Derechos y Garantías, Conrado Escobar, el PP de Soria debe "mantener la composición del equipo directivo y la conformación de los órganos colegiados internos de la organización provincial que resultaron del último Congreso provincial" donde, cabe recordar, ganó María del Mar Angulo (quien dimitió después alegando motivos personales, dando entrada a De Gregorio a la dirección del partido en Soria).

En caso de querer asumir una reestructuración interna de los órganos de dirección, le recuerda el Comité Nacional, deberá "convocar correctamente al órgano competente a fin de proveer las vacantes producidas por renuncia, fallecimiento, incapacidad u otras causas de semejante naturaleza".

 

Los hechos

La resolución que se acaba de dar a conocer a las partes, fechada el 20 de julio de 2021, es la consecuencia del recurso de amparo que presentaron Tomás Cabezón, José Luis Redondo, Gerardo Martínez, María José Heredia, José Manuel Hernando, María Pérez, María José Fuentes y Ana María Bárcena tras el resultado de la sesión conjunta de la Junta Directiva Provincial y el Comité Ejecutivo Provincial convocada por la presidenta en febrero de 2020.

En esa cita, De Gregorio anunció y sometió a aprobación una restructuración de la organización del PP de Soria que incluía, al menos, la designación de nuevos cargos orgánicos. En concreto, un coordinador provincial y cuatro vicesecretarías generales. También se destituía, al menos, dos vicesecretarías generales, que pasaron a ser designados para cargos de inferior categoría orgánica.

Tras esa sesión, los firmantes presentaron ante el Comité Regional de Derechos y Garantías del PP de Castilla y León un escrito de solicitud de amparo por "supuestas irregularidades".

Cinco meses después, el 16 de julio de 2020, se elevó ante el Comité Nacional de Derechos y Garantías un nuevo escrito donde se reiteró la solicitud de amparo, en base a "la ausencia de resolución notificada por parte del Comité autonómico", una vez se habían superado los cuatro meses que fijan los Estatutos para resolver este tipo de peticiones.

 

"Lagunas"en el proceder del Comité autonómico

El Comité Nacional acordó recabar la información pertinente del Comité autonómico sobre las actuaciones llevadas a cabo. Según recoge la resolución en los antecedentes de hecho, el 15 de octubre de 2020 el secretario del Comité autonómico, con el visto bueno de la presidenta, Rocío Lucas, remitió un informe, "acompañado de otro informe -que no especifica fecha concreta- firmado por la presidenta del PP de Soria, Yolanda de Gregorio". En ese informe del Comité Regional "se expone que fue transmitido a la presidenta d PP de Soria la necesidad de convocar de nuevo las respectivas sesiones tanto de la Junta Directiva como del Comité Ejecutivo Provincial, se entiende, que por irregularidad". "Pero no figuran en dicho informe del secretario del Comité autonómico ni las razones por las que indican que deben ser repetidas las sesiones, ni las diligencias de investigación llevadas a cabo para llegar a tal conclusión, ni la consecuencia lógica necesaria: la nulidad de los actos y decisiones que en dichas sesiones irregulares se tomaron", recoge textualmente la resolución del Comité Nacional, reprendiendo la forma de actuar de su homónimo autonómico. "Tampoco figura en el informe la interlocución con los firmantes de la solicitud de amparo, ni para recabar información ni para comunicar las decisiones o actuaciones llevadas a cabo por el Comité Regional de Derechos y Garantías", añade el escrito resolutorio, incidiendo en un error de transparencia y comunicación a las partes.

Ante esta situación, "este Comité Nacional de Derechos y Garantías asume la competencia de dicha solicitud de amparo, ante las evidencias lagunas en la actuación del Comité Regional de Derechos y Garantías para garantizar la protección de los derechos de los afiliados y el cumplimiento de los Estatutos del partido", concluye Escobar Las Heras.

 

Reprimenda al PP de Soria y al Comité Regional de Derechos y Garantías

En su resolución, el secretario del Comité Nacional de Derechos y Garantías del PP crítica en varias ocasiones el modo de proceder en este asunto tanto del PP de Soria como del Comité Regional de Derechos y Garantías del partido.

Sobre la celebración conjunta en una misma sesión de la directiva y el Ejecutivo, apunta: "De la información y documentación que ha recabado este Comité Nacional se estima que la convocatoria y celebración conjunta de la Junta Directiva y del Comité Ejecutivo, en la medida en que constituyen órganos diferenciados en su composición y distinguibles en cuanto a las atribuciones asignadas estatutariamente, es contraria a los Estatutos nacionales del PP". Y si bien el Nacional admite las "vicisitudes y peculiaridades de algunos territorios" por la dispersión geográfica o la dificultad de las comunicaciones que pueden "hacer conveniente" el señalamiento de ambos órganos en un mismo día para facilitar la asistencia, insiste en que eso "no quiere decir que deban celebrarse al mismo tiempo, de maneras conjunta e indiferenciada, sin respetar las características de cada uno de ellos en cuanto a composición, quorum y otras normas claramente especificadas en los Estatutos". "No está en la mano de ningún cargo orgánico desvirtuarlas, modificarlas o adaptarlas a sus eventuales necesidades o conveniencias".

"Dado que las competencias de ambos órganos es exclusiva y excluyente en su respectivo ámbito estatutario, la adopción de acuerdos en una sesión conjunta es contraria a los Estatutos nacionales del partido, que son la ley interna que rige nuestra organización. Por tanto, la consecuencia inmediata es la nulidad de dichos acuerdos o decisiones", sentencia Escobar Las Heras en su resolución.

Pero, además, el secretario del Comité Nacional reprende también la forma de actuar y la falta de transparencia a nivel provincial y regional a la hora de aclarar este asunto y, en concreto, uno de los aspectos denunciados por estos militantes, si aparecía o no la reorganización en el orden del día y si había quorum suficiente. "Dado que no se ha incorporado el acta de la sesión conjunta de la que trae causa este informe, no se ha podido comprobar la presunta irregularidad en cuanto a quorum y composición de los órganos a la que aluden los afiliados en su escrito de solicitud de amparo. Ni tampoco se ha podido comprobar lo contrario. Sorprende que el Comité Regional de Derechos y Garantías no haya requerido tal documentación en su trámite de 'comunicación con la presidenta del PP de Soria' y desconocemos si su desconocimiento o la ausencia de acta figuran entre las razones por las que han informado a la presidenta de que debe repetir las sesiones", sentencia el secretario en su escrito de resolución.