Retribución por asistir a una procesión o evento cultural

Ana I. Pérez Marina
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La mayoría de instituciones ya no contempla este tipo de compensaciones y donde se mantienen los concejales suelen renunciar

Municipio de Los Rábanos

Demagogia o transparencia. Depende del interés político del momento y de quién lo valore se utiliza un término u otro cuando de lo que se trata es de abordar las compensaciones económicas que perciben los representantes políticos, bien cuando cobran por dedicación exclusiva en un cargo o en concepto de indemnizaciones y dietas por acudir a reuniones y a otros eventos. También hay mucho de mito sobre este asunto, leyendas urbanas (más bien rurales) en torno a la asistencia de concejales y diputados a fiestas y comidas populares. Lo cierto es que la mayoría de los consistorios ya no contempla este tipo de retribuciones y únicamente se paga por participar en órganos colegiados.

En el caso de la Diputación, por la asistencia a comisiones, plenos, patronatos y órganos externos los diputados perciben 138,95 euros, 169,40 euros en el caso de los portavoces de los grupos en cada pleno. La misma suma se contempla por estar en actos oficiales, reuniones o actividades en general siempre que se trate de órganos colegiados. Evidentemente, no reciben estas cantidades los diputados que tienen dedicación exclusiva.

Por cada asistencia y de forma diaria cobran 26,67 euros como dieta, sin que la misma esté sujeta a retención, y por los desplazamientos en su vehículo particular cobran 0,19 euros/kilómetro. Si los diputados pernoctan fuera tendrán derecho además de las cantidades señaladas como indemnización, a los gastos de manutención y alojamiento debidamente justificados, no percibiendo la cantidad por dieta.

Más o menos, este mismo esquema es el que se repite en la mayoría de los ayuntamientos de la provincia, con variaciones en las retribuciones dependiendo del tamaño y, ante todo, del músculo presupuestario del consistorio en cuestión. 

En el caso de la capital, por ejemplo, tal y como está publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) del 7 de agosto, el importe previsto es de 110 euros por la concurrencia efectiva a cada sesión de los órganos colegiados de la corporación de que formen parte los concejales. Si los desplazamientos son fuera del término municipal, se abona el kilometraje (0,19 euros por kilómetros, al igual que la Administración del estado) e, igualmente, las dietas por manutención o pernoctación.

en los rábanos. La publicación más reciente en el BOP de Soria ha sido la del Ayuntamiento de Los Rábanos (477 habitantes), el pasado 18 de septiembre, que recoge el acuerdo plenario del 19 de julio sobre las asistencias de los miembros de la corporación por concurrencia a órganos colegiados y las indemnizaciones por razón del servicio. Por pleno, perciben 100 euros, al igual que por Junta de Gobierno Local, tanto en sesiones ordinarias como extraordinarias, mientras que en el caso de comisiones informativas y mesas de contratación, la cuota es de 50 euros, lo mismo que por participar en otros órganos colegiados en representación del Ayuntamiento. Además, «la cuantía de la asistencia por concurrencia efectiva a los órganos colegiados del alcalde-presidente será el doble que las cuantías señaladas para el resto de los miembros de la Corporación». Y, además, «la cuantía de la asistencia por concurrencia efectiva a plenos ordinarios del portavoz del grupo municipal de la oposición ascenderá a 150 euros». 

Estos matices, como también se dan en otras corporaciones, pueden conducir a controversia. Según un informe de la plataforma Corporativa Espúblico, «en principio no es posible discriminar la cuantía de las dietas de asistencia» y «no es correcto discriminar a los concejales en la cuantía de las asistencias a sesiones de los órganos de que formen parte». En este sentido, se aclara la conveniencia de que los ayuntamientos puntualicen «qué es dedicación» y «qué es dieta», para resolver dudas.

Asimismo, en Los Rábanos el alcalde y los concejales cobran 20 euros por «despachar asuntos» con el secretario, arquitectos, representantes, técnicos, vecinos o asociaciones, y «la delegación para actos, eventos sociales, religiosos o deportivos, en el propio ámbito del municipio u otros de otros ayuntamientos, 50 euros».

«Desde el Ayuntamiento se les ha entregado a los concejales un modelo para aquellos que quieran renunciar a las mismas, ya que varios de ellos lo hacen generalmente. A fecha de hoy, nadie ha reclamado ni cobrado asistencias e indemnizaciones, lo cual no quiere decir que no tengan ese derecho y  lo soliciten en su día», aclara a este medio el alcalde, Gustavo Martínez.

desde las elecciones. En un repaso a las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia desde la constitución de los ayuntamientos tras las elecciones de mayo, no se hallan otros consistorios que contemplen compensaciones económicas por ir a eventos culturales, sociales o religiosos. Por ejemplo, el 13 de septiembre se publicaba en el BOP el acuerdo aprobado por el pleno de Garray (736 habitantes) celebrado el 8 de agosto sobre la determinación de las indemnizaciones  por asistencia a plenos, reuniones y gastos efectivos de los concejales en el ejercicio de su cargo. Así las cosas, los ediles de Garray reciben 50 euros por sesión plenaria, comisión informativa, reuniones en órganos colegiados, concurrencia efectiva en tribunales o pruebas de selección y lo mismo, los representantes de los barrios.  

En este caso, hay que precisar que el teniente de alcalde tiene una  dedicación parcial del 75% de la jornada (presencia mínima en el Ayuntamiento de 15 horas semanales), con una retribución anual bruta de  24.018,96 euros.

municipios más grandes. En Almazán (BOP del 8 de julio) la percepción por pleno, sesiones de la Junta de Gobierno y comisiones informativas es de 65 euros, mientras que los presidentes de las comisiones informativas cobran 110 euros (30 como máximo al año). Y cada grupo político percibe una dotación económica anual de 550 euros por cada concejal electo y 100 euros al año por cada grupo. En este caso, el alcalde cuenta con dedicación exclusiva, con un sueldo anual bruto de 43.513,68 euros.

Por su parte, en El Burgo de Osma (BOP del 12 de julio de 2019) los portavoces cobran por pleno 90 euros, mientras que el resto de los concejales perciben 60 euros; por Junta de Gobierno, 45 euros el presidente y 30 euros, el resto; por sesión de comisión informativa 90 euros ingresan los presidentes y 60 euros el resto de ediles; y las delegaciones de la Alcaldía por asistencia a reuniones en otros órganos colegiados, se pagan 60 euros.

en otros pueblos. En otros municipios, como Almenar, se paga a 30 euros la sesión plenaria y la asistencia a órganos colegiados; en Yanguas, la tarifa se aprobó en 60 euros por sesión; en Arcos de Jalón son 30 euros, también la celebración de bodas que, por ejemplo, en el Ayuntamiento de Soria es gratuita; en Medinaceli está en 50 euros; en Trévago, 100 euros; en San Esteban de Gormaz se abonan 40 euros...