Recolectar musgo, prohibido en espacios protegidos

Nuria Zaragoza
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Desde Medio Ambiente recuerdan que no está prohibido recoger musgo, salvo en espacios protegidos y siempre que no se destruya el bosque

La prohibición de coger musgo se ciñe espacios protegidos

La Navidad ya está a la vuelta de la esquina y son numerosas las casas y establecimientos que se engalonan para la ocasión. Y, para muchos, la instalación del Belén es un imprescindible para generar ese ambiente navideño. Para reproducir el ‘nacimiento’ hay quien opta por recoger musgo del bosque y simular así la vegetación. Pero quien apuesta por esta técnica debe tener en cuenta algunas consideraciones. 

Porque el musgo es algo así como los cimientos de un bosque. Una capa verdosa que absorbe el agua y la dosifica, evita la erosión del suelo, captura el nitrógeno del aire para que las raíces lo asimilen o sirve de abrigo para microorganismos que hacen fértil el suelo. Son algunas de sus funciones en el ecosistema pero, cuando la mano del hombre interviene, se convierte en adorno, en mero ornamento, y es ahí donde puede surgir la polémica... Porque el musgo no es una planta protegida pero su recolecta tiene sus limitaciones y, superarlas, puede acarrear incluso una sanción. No es lo habitual pero puede ocurrir, así que mejor conocer dónde están los límites. 

ornamento. «Con el musgo ocurre algo similar que con la manzanilla, la piña seca… Su recolección no está regulado en ninguna normativa específicamente y, por tanto, no está prohibido en sí», apunta el jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente. No obstante, puntualiza, hay  una excepción, cuando se trata de espacios naturales protegidos. «Cualquier recolección de planta, aunque no esté protegida, necesita autorización cuando se trata de un espacio protegido. Siempre. Por normativa propia de los Espacios Protegidos, no se pueden recolectar plantas sin autorización», subraya. En Soria, esto supone que si se quiere coger musgo en la zona del Río Lobos, el Sabinar de Calatañazor, la Laguna Negra o la Fuentona, precisará de una autorización expresa. 

no está prohibido. No estar prohibido en los montes ‘comunes’ no significa que haya carta blanca para su recogida. «En un escenario normal, en cualquier monte que no tenga una protección, es como cualquier otra especie que no está regulada la recolección, es decir, que en principio está permetido pero bajo ciertos parámetros». ¿Cuáles son esos parámetros? «Hay un artículo de la Ley de Patrimonio Natural que dice textualmente que queda prohibido alterar  y destruir la vegetación». Esto supone, por tanto, que se puede coger musgo pero «siempre que no se abuse, que no sea una superficie reseñable, una zona concreta que provoca un daño especial...». En caso contrario, reconoce, «se podría aplicar la Ley de Patrimonio Natural e imponer una sanción». No recuerdan en Medio Ambiente que se haya llegado nuncia a esta situación de abrir un expediente sancionador. No obstante, para evitar el problema, Lucas aboga por «utilizar el sentido común».