Las residencias deberán tener reserva de epis para 5 semanas

SPC
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La Junta aprueba un documento que obligará a fijar áreas diferenciadas en los centros para grupos de usuarios que tendrán que ser cuidados siempre por los mismos profesionales

Dos mujeres conversan manteniendo la distancia de seguridad en una residencia de Soria. - Foto: Eugenio Gutiérrez

Las residencias de personas mayores y personas con discapacidad de Castilla y León deberán contar con planes de contingencia covid propios y reservar existencias de equipos de protección individual (epis) para al menos cinco semanas ante la posibilidad de que se produzca un rebrote. Así lo recoge el decreto ley aprobado en el Consejo de Gobierno de la Junta, con el que pretende reforzar el sistema de servicios sociales autonómico y que estos centros estén preparados ante un eventual repunte de casos, según explicó el consejero portavoz, Francisco Igea, en la rueda de prensa posterior a la reunión. En concreto, el plan de contingencia propio de cada centro recogerá todas las directrices dedicadas a la prevención y seguridad, tanto de los usuarios como del personal, ante situaciones de crisis de salud pública como la vigente. 

El plan deberá estar adaptado a las características propias de cada centro, y contemplará la organización de la prestación de los servicios, mediante la constitución de áreas diferenciadas, formadas por agrupaciones de usuarios en un número limitado y atendidos por un equipo de profesionales no sometido a rotaciones. Además, deberá permitir una inmediata compartimentación de las dependencias del centro residencial para evitar la rápida propagación de enfermedades. Con el fin de facilitar a las entidades titulares de los centros de atención social de carácter residencial la implementación del plan de contingencia, la Junta pondrá a su disposición en la sede electrónica una guía con su contenido mínimo, informa Ical.

El decreto también obliga a los centros a disponer de existencias de equipos de protección individuales, según se determine en cada caso por los servicios de prevención de riesgos laborales, y del material necesario para la atención a los usuarios para hacer frente a  situaciones de crisis de salud pública durante, al menos, cinco semanas, utilizando únicamente su propio depósito de existencias. 

Dicho almacenamiento también deberá incluir material de protección para uso de los residentes, en número proporcional a la ocupación real del centro y en función de las necesidades reales de atención. Además las entidades titulares de los centros de atención social de carácter residencial, ante situaciones extraordinarias declaradas por los organismos competentes por causas de salud pública, deberán, una vez asegurada la suficiencia de sus propias necesidades, comunicar el remanente de sus existencias disponibles a la Administración pública competente.

También se fija que las administraciones públicas deberán reforzar las funciones de seguimiento, control e inspección, en situaciones excepcionales de salud pública, para garantizar el bienestar y la seguridad de los usuarios y de las personas que trabajan en los centros residenciales.

Protección del personal

Por otro lado, el Consejo de Gobierno aprobó ayudar las medidas de fomento de la protección de las personas trabajadoras y de los usuarios de los centros residenciales. Para ello, se establecen medidas dirigidas a subvencionar los gastos de adquisición en equipamiento de protección individual y de equipamiento destinado a la seguridad de los usuarios, realizados por las entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad que operan en el sistema de servicios sociales de Castilla y León.

La aprobación de esta línea de ayudas, para las que están previstas unos dos millones de euros, permitirá asegurar que alcancen de forma rápida, fruto de su reconocimiento en régimen de concesión directa, a todas las entidades destinatarias que las soliciten y cumplan los requisitos establecidos. Será subvencionable la adquisición de equipos de protección individual como guantes, gafas, mascarillas, batas, botas, entre otros, así como la adquisición de test de diagnóstico rápido, serológicos u otro tipo de pruebas; la adquisición de material de protección sanitaria, destinado a los usuarios, como mascarillas; la asistencia externa para labores de desinfección de los equipos, instalaciones y personas; así como el asesoramiento e información a las personas trabajadoras y usuarios de los centros residenciales de atención social.