Importante contratiempo para la Consejería de Sanidad en la lucha contra el coronavirus en Castilla y León. Cinco juzgados de lo Social dieron ayer un plazo de 24 horas al departamento que dirige Verónica Casado para que suministre de manera «urgente y continuada» equipos de protección al personal sanitario con el fin de «preservar la salud, integridad física e incluso la vida de los trabajadores profesionales sanitarios, pero también la de los pacientes y la población en general, dado el altísimo riesgo de contagio del coronavirus». Unos autos ante los que la Junta ya ha anunciado que recurrirá después de las denuncias del Colegio Oficial de Médicos de León y de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos.
Los primeros autos de los jugados de lo Social número 1 de León y Salamanca estimaron la petición de medidas cuatelarísimas solicitadas por el Colegio Oficial de Médicos de León, así como de CESM, ante el número de contagiados por coronavirus entre el personal médico en la Comunidad. A ellos le siguieron otros de Segovia, Ávila y Zamora, informa Ical.
Los fallos, facilitados por el Tribunal Superior de Justicia, reclaman batas impermeables, mascarillas FFP2 y FFP3, kits PCR diagnóstico Covid-19 y sus consumibles, kits de diagnóstico rápido (detección de antígeno), gafas y pantallas de protección, hisopos y contenedores grandes de residuos en todos los centros hospitalarios; centros asistenciales de Atención Primaria; servicios de emergencias, centros con pacientes institucionalizados; así como todos los demás centros asistenciales.
La jueza salmantina aceptó las medidas solicitadas por CESM sin escuchar a la Consejería de Sanidad, por considerar que «concurren las razones de urgencia alegadas, a la vista de los graves efectos generados por la pandemia» y la crisis sanitaria que ha generado. La medida pretende garantizar no sólo el derecho fundamental a la integridad física y moral del personal estatutario y en su caso funcionario sino que «dicha protección va más allá», por cuanto que con las medidas que ahora se van a adoptar, se está tutelado la salud pública, es decir «el derecho fundamental a la integridad física y moral de los ciudadanos, al menos de los que acudan a los centros sanitarios o de los que tengan contacto con el personal a que se refiere esta medida», según explica el juez leonés en su resolución.
El magistrado destaca «la profesionalidad y sacrificio diario» del personal sanitario y de todas las demás profesiones y considera «elemental la necesidad de proteger al máximo la salud también de dicho personal sanitario, conforme se solicita en la petición inicial, con la dotación de los EPIs que reclaman, los cuales son esenciales para los fines que se solicitan».
En el auto del juzgado segoviano, que admite pese a los defectos formales el escrito de CESM, indica que la falta de dotación de medios supone un «hecho negativo de prueba diabólica para la parte solicitante». Por su parte, la jueza de Salamanca sostiene que las medidas solicitadas son «absolutamente necesarias para que los profesionales sanitarios puedan desarrollar su vital función de atención y cuidado de los pacientes, en las mínimas condiciones de seguridad para su salud e integridad física»
El titular del juzgado abulense argumenta que la adopción de las medidas cautelarísimas, tal y como las solicita el sindicato, buscan evitar los riesgos para la salud del colectivo de trabajadores sanitarios.
Recurso
Los autos de León y Salamanca son de ejecución inmediata pese a que contra ellos cabe recurso de reposición. Por su parte, el magistrado segoviano estima la solicitud de medidas cautelares presentadas. También el fallo de Ávila precisa que puede impugnarse mediante recurso de reposición.