Inglaterra rechaza la causa de Corinna contra Juan Carlos I

Europa Press
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El Tribunal Superior desestima la demanda por acoso al haberse interpuesto fuera del país de domicilio del demandado y considerar que la demandante carece de la suficiente credibilidad para convencer a la Justicia

Inglaterra rechaza la causa de Corinna contra Juan Carlos I - Foto: EFE/Lavandeira Jr

El Tribunal Superior de Inglaterra y Gales ha concluido que el rey emérito, Juan Carlos I, no puede ser juzgado en Reino Unido por la demanda por presunto acoso que presentó Corinna Larsen para reclamarle 126 millones de libras (unos 146 millones de euros) en concepto de daños y perjuicios.

"Mi conclusión principal es que el Tribunal Superior de Inglaterra y Gales carece de competencia para conocer de esta reclamación. Esto se debe a que no se ha interpuesto contra el demandado en su país de domicilio, como es su derecho por defecto; y la demandante no me ha convencido de que tenga argumentos sólidos y defendibles de que su reclamo cae dentro de una excepción a esa regla predeterminada", ha señalado la juez Collins Rice.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez ha indicado que tampoco está convencida de que el demandado se haya sometido, o deba considerarse que se ha sometido, a la jurisdicción del Tribunal Superior por su propia conducción de este litigio hasta el momento.

Habría rechazado la demanda

En 92 folios, la juez ha explicado que --aún en el caso de que se hubiese considerado competente para juzgar el asunto-- "habría rechazado la solicitud" de Larsen de modificar su reclamación, porque planteaba cambiarla en "varios aspectos".

A su juicio, la demanda de la que fuera amiga íntima del rey emérito "no cumplía las normas judiciales aplicables a la redacción de una demanda por acoso".

Corinna Larsen relató en su demanda que Juan Carlos I la habría acosado después de que ella pusiera fin a la relación que habían mantenido. Primero para procurar que la retomaran y después a modo de venganza para perjudicarla en sus negocios, de acuerdo con Larsen.

La empresaria reclamó al rey emérito una indemnización por los costes de su tratamiento médico de salud mental, por la "instalación de medidas de seguridad personal y servicios diarios de protección" y por la contratación a "ex diplomáticos y ex funcionarios del Gobierno" para que interviniesen con el fin de "poner fin al acoso" que dice haber recibido.

Para la juez, sin embargo, Larsen "no ha logrado convertir su historia narrativa en una reclamo de acoso".

Larsen, "decepcionada" con el fallo

En un comunicado difundido este mismo viernes tras darse a conocer la resolución del tribunal, Larsen se ha mostrado "profundamente decepcionada por el resultado". "Es desalentador ver que las víctimas de acoso a menudo luchan por encontrar justicia en nuestro sistema jurídico", ha señalado.

La empresaria ha insistido en que la "intimidación y el acoso" que dice haber sufrido hacia ella y sus hijos "continúan" y tienen como "objetivo" destruirle "por completo". "Juan Carlos ha desplegado todo su arsenal para desgastarme y el alcance de su poder es inmenso. Estoy considerando todas las opciones disponibles", ha apuntado.

La vista de julio

La decisión se ha dado a conocer este viernes después de que el pasado julio el tribunal escuchara las alegaciones de la defensa de Juan Carlos I, a cargo del bufete británico Velitor Law.

El equipo jurídico del rey emérito solicitó entonces que se desestimara la demanda de Larsen al considerar que los tribunales de Reino Unido no eran los competentes para conocer de esta demanda. La defensa se basó en el artículo 4 de la regulación de la UE sobre jurisdicción, el cual establece que las personas domiciliadas en un Estado miembro, independientemente de su nacionalidad, deben ser demandadas ante los tribunales de ese país.

Los abogados expusieron en su escrito, al que tuvo acceso Europa Press, que dicha regulación comunitaria operaba en este caso concreto porque se inició antes de que acabara el periodo de transición para el Brexit, fijado hasta el 31 de diciembre de 2020.

Así, insistieron en que los tribunales españoles eran los competentes para ocuparse de la demanda de Larsen. A ello, añadieron que "la cuestión clave" era si, en relación con los supuestos actos de acoso, Reino Unido era el lugar donde se produjo el presunto 'evento dañino' o el 'daño directo', algo que, según apuntaron, los abogados de Larsen no habín demostrado.

Otro de los argumentos esgrimidos por la defensa fue "la evidente falta de credibilidad de la demandante". A este respecto, pusieron de relieve que Larsen había solicitado permiso para hacer una nueva modificación a su demanda original. "Como sus predecesoras, es incoherente, internamente contradictoria y manifiestamente mala en términos legales", apuntó la defensa del rey emérito.

Además, subrayó que las afirmaciones de Larsen --que Juan Carlos I "niega enfáticamente"-- no solo son "falsas" sino también "inconsistentes con las declaraciones públicas hechas por ella" antes de que iniciara el litigio.