El Constitucional rechaza el recurso del PP contra la ley Celaá

EFE
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La Justicia desestima también el procedimiento contra la norma de educación del Gobierno de Pedro Sánchez

Fachada y entrada al edificio del Tribunal Constitucional de España. - Foto: Europa Press

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado íntegramente el recurso del PP contra la ley educativa conocida como ley Celaá, que fue uno de los principales proyectos estrella del Gobierno de Pedro Sánchez, como ya hiciera previamente con el recurso de Vox.

Se trataba de una decisión esperada, puesto que los magistrados ya habían desestimado el recurso del partido de Santiago Abascal, que marcaba el paso a seguir con el recurso del PP, ya que algunas de estas impugnaciones coincidían con las alegadas por Vox.

La sentencia se remite a la reciente jurisprudencia relativa a la prohibición de concertar la educación diferenciada por sexos, según la cual el legislador no tiene el deber constitucional de promoverla si considera que existe un modelo pedagógico conforme a la Constitución, que se adecúa mejor a los valores proclamados en la Carta Magna.

Al respecto, señala que la Constitución otorga un margen de libertad al legislador para que pueda establecer sus opciones políticas, lo que conlleva incorporar a la ley sus concepciones ideológicas y las medidas para garantizar su eficacia real y efectiva.

El tribunal también desestima la derogación del criterio de la "demanda social" en la programación de centros y plazas, pues la programación de la enseñanza con el objetivo de garantizar la existencia de plazas públicas suficientes es un fin constitucionalmente legítimo.

Y explica que de la vigente redacción de Ley de Educación no se desprende que la simple existencia de plazas públicas suficientes vaya a suponer la denegación de un concierto.

Por otra arte, el PP sostenía en su recurso que al designar en la ley como "propia" la lengua cooficial de la comunidad autónoma, en contraposición a la asignatura en la que se estudia el castellano, que denomina "lengua castellana y literatura", supone considerarla "no propia".

Pero la sentencia considera que esta cuestión terminológica carece de efecto alguno sobre el régimen lingüístico de la educación, dado que la ley emplea "cooficial" y "propia" de forma indistinta y lo hace, además, en el sentido de peculiar, característica o exclusiva de una comunidad autónoma, a diferencia del castellano, que es la lengua compartida por todos.

Como ya pasara con el recurso de Vox, la sentencia cuenta con el voto particular de los cuatro magistrados conservadores, Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel.