La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha vuelto a anular el catálogo de puestos de trabajo de 2019 del personal funcionario de Castilla y León (RPT). Ante esta resolución, que no es firme, la Junta anunció que iniciará de inmediato nuevos «trabajos» para buscar el consenso con los empleados públicos y sus organizaciones sindicales, según un comunicado del Ejecutivo autonómico recogido por Ical. La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, estima así el recurso de la Unión Sindical de Castilla y León por considerar que la aprobación el pasado mes de marzo del catálogo, a través de un decreto, que sirve como instrumento de clasificación y ordenación de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad, vulneró el procedimiento legalmente establecido.
Al respecto, el TSJ enumera varios motivos como la falta de motivación en la creación y funciones de algunos puestos, así como la omisión del cuerpo al que están adscritos. También señala que el proyecto no fue remitido al Consejo Jurídico Consultivo y, además, que en la negociación previa a su aprobación, el Ejecutivo autonómico infringió la ley al negar a los sindicatos información y documentación, reincidiendo en un proceder que ya había llevado a la anulación de la normativa anterior en diciembre del pasado año.
«Aunque formalmente ha habido negociación colectiva, no se ha respetado la exigencia de proporcionar la información precisa para llevarla a cabo de forma efectiva, sin entrar a mayores consideraciones sobre la premura y falta de tiempo suficiente entre las sucesivas sesiones de la mesa de negociación para el análisis sosegado de materia tan amplia, compleja e importante para la función pública de Castilla y León», apunta elTSJ.
Al respecto, la sentencia recuerda que la Administración autonómica se estructura a través de tres instrumentos organizativos: la plantilla, el catálogo de puestos tipo del personal funcionario y las relaciones de puestos de trabajo.
Antecedentes judiciales
La sentencia, que ya ha sido notificada a las partes, no es firme, por lo que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Ante este hecho, la Junta señaló que debe estudiar «en profundidad» la sentencia con el «fin de adoptar la decisión más responsable» para con sus empleados públicos «en el marco de un nuevo diálogo» con las organizaciones sindicales.
Asimismo, la Junta recordó los «antecedentes judiciales», que anularon el anterior catálogo de puestos tipo y con él las relaciones de puestos de trabajo, y defendió que la respuesta del Gobierno autonómico debe ser «prudente y consecuente». «Por tanto, debe analizarse el impacto que esta última sentencia vaya a tener sobre las relaciones de puestos de trabajo actuales así como el concurso abierto y permanente», reiteró la Junta.